El Instituto Nacional de Migración de México (INM) ha implementado un nuevo mecanismo de autorización para la salida de personas extranjeras que no cuentan con documentación migratoria válida. Esta medida, oficializada el 3 de abril de 2025 mediante el oficio INM/DGCVM/1270/2025, tiene implicaciones directas para la operación diaria de las agencias de viaje.
La normativa aplica a pasajeros que:
No cuentan con documentación migratoria vigente, o
Poseen un pasaporte o documento de viaje vencido.
La salida será autorizada exclusivamente cuando la persona:
Se dirija al país que emitió su pasaporte/documento de viaje, y
Pueda ser plenamente identificada como nacional de dicho país o como residente legal con permiso de reingreso.
Este documento oficial podrá ser tramitado en las Oficinas de Atención al Público de los aeropuertos internacionales en México.
Se recomienda a todas las agencias verificar con sus pasajeros el estado de su documentación migratoria antes de emitir boletos con salida desde México. Ante cualquier duda o situación especial, derivar el caso a las autoridades migratorias o al Portal de Agencias para gestionar el proceso adecuadamente.